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Tabla de sanciones de velocidad/multas y puntos



Hay que tener en cuenta que existe un margen de error que varía según la velocidad se registrada pro radares fijos o móviles, por lo que es importante que el conductor lo tenga en cuenta para reclamar si este margen de error no se ha descontado.
Así, los radares fijos tienen un margen de error del 4% en velocidades superiores a los 100 km/h y para una velocidad inferior el margen de error se sitúa en 4 km/h.
Respecto a los radares móviles, el margen de error respecto a la misma velocidad es del 7% y, por debajo de los 100 km/h, se establece en 7 km/h.
Los tramos de velocidad controlada no tienen margen de error, ya que no se mide por ningún aparato. Se realiza el cálculo marcando la hora de la entrada y de la salida del vehículo en el tramo indicado para sacar la velocidad media.
En el  boletín de la denuncia viene indicado qué tipo de radar ha detectado la velocidad, por lo que se puede calcular con estas cifras el margen de error.
Ejemplos:
Si circulas a 75 km/h en una vía limitada a 50 km/h: Si se trata de un radar fijo hay que restarle 4 km/h. 73-4=69 km/h, por lo que la sanción sería de 100 euros sin pérdida de puntos. (Sin tener en cuenta el pronto pago, con lo que la multa se reduce a la mitad).
Si un radar móvil te detecta a 147 km/h en un área limitada a 110 km/h se aplica el 7% de la velocidad registrada, que es igual a 10,29 km/h. Así, la sanción debía corresponder a la que se emite circulando a 136,7 km/h, lo que se traduce en 100 euros sin pérdida de puntos.

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