Para que una página web que facilita el acceso a contenidos protegidos por los derechos de propiedad intelectual sea cerrada deben realizarse los siguientes pasos.
Primer paso: Admisión, por parte de la Comisión de Propiedad Intelectual, de la solicitud de retirada de los contenidos protegidos.
Segundo paso: Una vez admitida se procede a la identificación del presunto infractor.
Tercer paso: Si esta identificación no es posible por falta de datos, estos serán reclamados, previo auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo correspondiente, a los proveedores y operadoras que ofrecen la infraestructura a la web. El juez tiene cinco días para dictar ese primer auto.
Cuarto paso: Las operadoras deberán facilitar la información sobre el presunto infractor en un plazo de 48 horas.
Quinto paso: Comienza el procedimiento, con la notificación de la apertura del proceso al infractor. Dicha notificación incluye una requerimiento para que en 48 horas sean retirados los contenidos presuntamente ilícitos.
Sexto paso: El presunto infractor puede o no retirar los contenidos, o presentar alegaciones.
Séptimo paso: Si el infractor no retira el contenido en esas 48 horas, el proceso entra en la fase final: dos días para alcanzar una propuesta de resolución y cinco días para que las partes presenten sus conclusiones.
Octavo paso: La resolución final se dictará «en el plazo máximo de los tres días siguientes» a esas conclusiones.
Noveno paso: El infractor debe entonces retirar los contenidos o dejar de facilitarlos en un plazo de un día.
Décimo paso: Si no lo hace, se requerirá a los proveedores de acceso a internet que corten el servicio a la web.
Undécimo paso: Dicho requerimiento deberá contar de nuevo con una autorización del mismo juzgado, que tendrá cinco días para dictar este segundo auto.
Décimosegundo paso: Las operadoras cuentan entonces con tres días para aplicar la medida. De no hacerlo, supondría una infracción «muy grave», penada con multas que van de los 150.000 euros a los 600.000, tal y como recoge la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, de 2002.
Duración del procedimiento: entre la denuncia y el cierre de la web se puede desarrollar entre 28 días y un máximo de tres meses.
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